El Ministerio de Economía estableció el procedimiento para la implementación del Legajo Único Financiero y Económico para micro, pequeñas y medianas empresas y aprobó los términos y condiciones que regirán el mismo.

Para el correcto ingreso al Legajo Único Financiero y Económico, la persona humana que tenga la representación de la MiPyME ante la AFIP, deberá adherir, ingresando con Clave Fiscal con Nivel de Seguridad 2 como mínimo, al servicio denominado “LUFE – Legajo Único Financiero y Económico” disponible en el sitio “web” institucional (http:/www.afip.gob.ar).

A través del “Legajo único financiero y económico” se centralizarán los principales indicadores económicos, financieros y patrimoniales de las personas humanas y/o jurídicas inscriptas en el mencionado Registro.

Dicho Legajo contará con la siguiente información:

  1. a) Información de ventas, compras, IVA débito e IVA crédito proveniente de las declaraciones juradas de IVA presentadas por las empresas ante la AFIP;
  2. b) Información del activo, pasivo, patrimonio neto, estado de resultados, entre otros, proveniente de las declaraciones juradas del Impuesto a las Ganancias presentadas por las empresas ante la AFIP;
  3. c) Estados contables presentados por las empresas, en los términos de la Resolución Conjunta N° 4.050 de fecha 12 de mayo de 2017 de la AFIP y la ex SEyPYME;
  4. d) Información de empleados, sueldo bruto, contribuciones patronales y aportes personales de los trabajadores, entre otros, proveniente de los Formularios F. 931 presentados por las empresas ante la AFIP;
  5. e) Demás información de carácter público que las Micro, Pequeñas y Medianas Empresas hayan aportado a los organismos públicos comprendidos en el Artículo 8° de la Ley N° 24.156;
  6. f) Otra información y documentación que surja de los convenios específicos a suscribirse de conformidad con lo estipulado en el Artículo 5° de la resolución.

Serán usuarios/as las personas humanas y/o jurídicas inscriptas en el Registro de Empresas MiPyMES, el propio Ministerio de Economía y en forma externa podrán serlo las entidades y jurisdicciones enumeradas en el Artículo 8º de la Ley Nº 24.156 que componen el Sector Público Nacional y entidades financieras a través de convenios específicos entre las partes en los que se definirán la forma y el alcance de la información a compartir como así también los plazos de actualización.

En ningún caso el/la usuario/a podrán modificar desde el Legajo la información que proviene de organismos públicos. Para que dicha información se modifique, deberán rectificar la información ante el organismo correspondiente.

La información de la PYME que los representantes de las empresas incluyan en el Legajo único financiero y económico tiene carácter de declaración jurada. Los usuarios y las usuarias serán responsables de daños o perjuicios que puedan ocasionar como consecuencia de:

El acceso o utilización de contenidos de este Legajo, incluyendo la responsabilidad relacionada por daños generados por virus, programas maliciosos o lesivos en los contenidos o cualquier otro software que pueda llegar a infectar o afectar de cualquier modo el o los sistemas informáticos utilizados por el/la usuario/a.

El incumplimiento por parte de usuarios/as o terceros en relación los compromisos asumidos en la cláusula III de los presentes términos y condiciones de uso.

La falta de licitud, calidad, veracidad y utilidad de la información prestada por los/las usuarios/as y/o entidades o jurisdicciones comprendidas en el Artículo 8° de la Ley N° 24.156 y puestos a disposición de los/las usuarios/as del Legajo.

La recepción, obtención, almacenamiento, difusión o transmisión de los contenidos del Legajo por parte de los/las usuarios/as.

El intercambio de la información con terceros, sean estos públicos o privados, podrá realizarse únicamente a través de convenios específicos entre las partes en los que se definirá el alcance y contenido de la información a compartir, y con el consentimiento expreso de las personas humanas y/o jurídicas inscriptas en el Registro de Empresas MiPyMES.

 

Fuente:Ignacioonline